Clamores

sábado, 14 de marzo de 2015

Imputado, investigado y encausado

Ministro de Justicia y Vicepresidenta y portavoz del gobierno
Imputar= Atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable.
Imputado, da= Dicho de una persona contra quien se dirige un proceso penal.
Investigar= Hacer diligencias para descubrir algo. Realizar actividades intelectuales y experimentales de modo sistemático con el propósito de aumentar los conocimientos sobre una determinada materia. Investigado, da= Aclarar la conducta de ciertas personas sospechosas de actuar ilegalmente. 
Encausar= Formar causa a alguien, proceder contra él judicialmente.
Encausado, da= Persona sometida a un procedimiento penal.

Los viernes, ya se sabe, generalmente se celebran los Consejos de Ministros del Gobierno de España.

Entrando en:
http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2015/refc20150313.aspx 
te encuentras con la referencia del Consejo de ministros del 13 de marzo de 2015 y en el Sumario, veo que se remiten a las Cortes Generales dos sendos Proyectos de Ley sobre la modificación de la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal, para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

Habiendo escrito en este blog, que en vez de tener Justicia, más bien tenemos Pesticia, me paso raudo y veloz a ver ese proyecto a qué se refiere cuando dice que es para agilizar la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

En la Ampliación de Contenidos, aparece lo siguiente que copio:
  • Agiliza la justicia penal, fortalece las garantías procesales y amplia el decomiso
  • Dos Proyectos de Ley, uno de Ley Orgánica y otro de Ley Ordinaria, adaptan esta norma dictada en 1882 a la realidad actual
  • La instrucción tendrá un plazo máximo de seis meses o de 18 cuando la investigación sea compleja
  • El término "imputado" se sustituye por "investigado" en la fase de instrucción y por "encausado" tras el auto formal de acusación
  • Las sentencias de las Audiencias Provinciales serán revisadas en segunda instancia por los Tribunales Superiores de Justicia y las de la Audiencia Nacional por una Sala de Apelación propia
  • Permite que los penados por sentencias españolas que resulten absueltos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos soliciten la revisión de sus sentencias
  • Regula un proceso de decomiso autónomo que permite actuar contra todo el patrimonio de un penado.
Pero no veo nada sobre las dotaciones a los juzgados para que esto que escriben sea realidad.

¿Para qué cambiar palabras si lo importante es dotar convenientemente a los juzgados para que puedan cumplir su cometido?

Imputado, investigado y encausado.

4 comentarios:

  1. Tu lógica de persona sensata no casa con estos trileros de la política, que lo único que hacen es montar argucias para que el peso de la ley no caiga sobre ellos por todos los latrocinios cometidos. Lo de los 18 meses no es sino una añagaza para librarse del castigo que debieran tener por ladrones, prevaricadores e indecentes. Abrazo enorme.

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  2. Así, es y así lo han hecho siempre. Un gobierno tan corrupto, no pueden hacer otra cosa que emplear argucias para evitar su encarcelamiento, ya que aquí no dimite ni dios.
    Un abrazo grande

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  3. Amigo Javier, ¿Qué se puede esperar de un gobierno corrupto que hacen las leyes a su medida?. Tengo esperanza en que pronto, soplen nuevos vientos democráticos y toda la chusma esta, sean arrasados del mapa politico y por el bien del país no los volvamos a ver.

    Un fuerte abrazo.

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  4. Por el bien de todos nosotros, conviene que haya una cambio de rumbo, es cierto, pero me temo que se revolverán como fieras para seguir teniendo sus púlpitos.
    Un abrazo amigo

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